a) Es política de COFITEX Ltda. proporcionar al personal los servicios y beneficios sociales, tanto voluntarios como los establecidos por la legislación, al margen de la remuneración directa.
b) Es política de COFITEX Ltda. proporcionar al personal de la empresa los servicios y beneficios sociales compatibles con los otorgados en el mercado de trabajo local.
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sábado, 19 de abril de 2014
viernes, 18 de abril de 2014
4. RECOMPENSAS AL PERSONAL.
a) Es política de COFITEX Ltda. remunerar al personal con bonos e incentivos, tanto voluntarios como los establecidos por la legislación, al margen del salario básico o el salario de admisión.
b) Es política de COFITEX Ltda. remunerar al personal de la empresa, con salarios, bonos, incentivos y subsidios compatibles con los pagados en el mercado de trabajo local.
b) Es política de COFITEX Ltda. remunerar al personal de la empresa, con salarios, bonos, incentivos y subsidios compatibles con los pagados en el mercado de trabajo local.
jueves, 17 de abril de 2014
3. REAJUSTES SALARIALES.
a) Es política de COFITEX Ltda. cumplir con los reajustes salariales establecidos y publicados por el estado a través del gobierno de turno.
b) Es política de COFITEX Ltda. negociar los reajustes salariales con el sindicato de trabajadores de la empresa, cuando las disposiciones legales así lo dispongan.
c) Es política de COFITEX Ltda. realizar los ajustes salariales al personal que ha sido promovido, transferido a otro puesto de trabajo, de acuerdo a la clasificación de puestos y franjas de salarios.
d) Es política de COFITEX Ltda. realizar los ajustes al personal que cumpla con los requisitos del puesto de trabajo, así como al personal que desempeñe sus funciones por encima de lo normal.
b) Es política de COFITEX Ltda. negociar los reajustes salariales con el sindicato de trabajadores de la empresa, cuando las disposiciones legales así lo dispongan.
c) Es política de COFITEX Ltda. realizar los ajustes salariales al personal que ha sido promovido, transferido a otro puesto de trabajo, de acuerdo a la clasificación de puestos y franjas de salarios.
d) Es política de COFITEX Ltda. realizar los ajustes al personal que cumpla con los requisitos del puesto de trabajo, así como al personal que desempeñe sus funciones por encima de lo normal.
miércoles, 16 de abril de 2014
2. SALARIOS DE ADMISIÓN.
a) Es política de COFITEX Ltda. remunerar al personal recién incorporado con el salario de admisión equivalente al límite inferior a la clase salarial que corresponde, para las cinco clases salariales establecidas.
b) Es política de COFITEX Ltda. remunerar con 10% o 20% menos del salario de admisión, al personal que no cumpla totalmente con los requisitos del puesto asignado.
b) Es política de COFITEX Ltda. remunerar con 10% o 20% menos del salario de admisión, al personal que no cumpla totalmente con los requisitos del puesto asignado.
1. ESTRUCTURA DE PUESTOS Y SALARIOS.
a) Es política de COFITEX Ltda. remunerar al personal de acuerdo a la clasificación de puestos y a las franjas salariales establecidas.
b) Es política de COFITEX Ltda. remunerar al personal recién incorporado con el sueldo de admisión correspondiente al puesto, más las bonificaciones, subsidios e incentivos ya establecidos.
b) Es política de COFITEX Ltda. remunerar al personal recién incorporado con el sueldo de admisión correspondiente al puesto, más las bonificaciones, subsidios e incentivos ya establecidos.
martes, 15 de abril de 2014
POLÍTICA SALARIAL.
La política salarial de COFITEX Ltda. es el conjunto de principios y directrices que reflejan la orientación y la filosofía de la empresa, en lo que concierne a los temas de remuneración de sus empleados. Esta política salarial establece:
lunes, 14 de abril de 2014
SELECCIÓN DEL MÉTODO DE RECOLECCIÓN DE DATOS.
La
recolección de datos se puede realizar mediante:
§ Cuestionarios.
§ Visitas
a las empresas.
§ Reuniones
con especialistas en salarios.
§ Llamadas
telefónicas.
Cuadro
No. 3.28.
COSTO
DE MANO DE OBRA EN LA INDUSTRIA TEXTIL MUNDIAL. Hilado y tejido
PAÍS
|
COSTO DE MANO DE OBRA
$US/HORA
|
HORAS TRABAJADAS
HORAS/AÑO
|
SUIZA
DINAMARCA
BELGICA
ALEMANIA
JAPÓN
NORUEGA
HOLANDA
SUECIA
AUSTRIA
ITALIA
FRANCIA
CANADA
INGLATERRA
ESTADOS UNIDOS
ESPAÑA
GRECIA
TAIWAN
BRASIL
TURQUIA
COREA DEL SUR
POLONIA
CHECOSLOVAQUIA
TAILANDIA
REPUBLICA POPULAR DE CHINA
INDIA
KENIA
BANGLADESH
PAKISTAN
INDONESIA
|
24.08
23.10
21.70
21.48
20.70
20.25
19.88
19.41
18.13
15.81
14.16
13.93
13.58
12.97
8.49
7.99
5.85
4.05
2.48
3.63
3.15
2.05
1.09
0.62
0.60
0.46
0.43
0.40
0.24
|
7,300
6,800
7,300
7,136
5,240
5,703
5,416
5,756
7,170
6,686
5,728
7,997
5,210
8,250
6,722
7,132
8,544
7,050
7,393
8,304
4,425
7,176
8,080
8,055
8,451
8,454
5,703
7,440
8,640
|
FUENTE:
Traducción de "Melliand International" No. 4 Diciembre 1998 Pp. 234
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