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sábado, 10 de mayo de 2014

4) PENSIÓN DE JUBILACIÓN.

La Pensión de Jubilación es la prestación monetaria mensual pagada al Afiliado o a sus Derechohabientes por la Administradora de Fondos de Pensiones (Banco Bilbao Viscaya o Futuro de Bolivia) o la entidad aseguradora.

La prestación de jubilación se pagará al Afiliado, independientemente de la edad, cuando tenga en su Cuenta individual un monto que permita el financiamiento de una Pensión igual o superior al setenta por ciento (70%) de su Salario Base y de la prestación por muerte para sus Derechohabientes.
A partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, el Afiliado, independientemente del monto acumulado en su Cuenta Individual, tendrá derecho a solicitar voluntariamente la prestación de jubilación en su favor y de sus Derechohabientes.

El valor de la Pensión será calculado en Bolivianos con mantenimiento de valor respecto al dólar estadounidense y su monto se pagará en Bolivianos. La Ley No. 1732 (LEY DE PENSIONES) regula el pago de este beneficio.

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